
❌ No necesita traer el documento ya firmado

✅ DNI original y vigente de las dos personas (comprador y vendedor).
✅ SOAT vigente del vehículo.
✅ Tarjeta de Identificación Vehicular original.
✅ Pagos de Impuesto Vehicular al día.
✅ Constancia de no tener deudas en la municipalidad.
✅ Si actúa una empresa: Vigencia de Poder actualizada y Ficha RUC.
✅ Si firma un apoderado: Vigencia de Poder de Registros Públicos actualizada.
✅ Voucher de pago (bancarización) si la venta supera los S/ 5,500.
❌ No traiga el vehículo con papeletas o deudas de impuesto vehicular pendientes; deben estar al día.
❌ No firmen nada antes de venir; todas las firmas se hacen aquí, delante del Notario.
❌ No traiga solo fotocopias simples de la tarjeta vehicular o del SOAT; necesitamos ver los originales.
❌ No pague en efectivo montos mayores a S/ 5,500; por ley, debe usar el banco y traer el voucher.

✅ Copia de DNI legalizada de ambos contrayentes.
✅ Copia certificada de actas o partidas de nacimiento (antigüedad no mayor a 3 meses).
✅ Declaración jurada notarial de domicilio de cada uno de los contrayentes.
✅ Certificado médico expedido con una antigüedad no mayor a 30 días.
✅ Certificado de soltería emitido por el RENIEC.
✅ Dos testigos mayores de edad (que no sean familiares).
✅ Copia simple del DNI de los testigos.
❌ NO presentar partidas de nacimiento con una antigüedad superior a los 3 meses.
❌ NO entregar certificados médicos que hayan sido expedidos hace más de 30 días.
❌ NO incluir como testigos a personas que tengan un vínculo familiar con los contrayentes.
❌ NO acudir con el DNI de los testigos en original únicamente; se requiere la copia simple para el expediente.

✅ Acta de defunción o declaración judicial de muerte presunta.
✅ Copia del D.N.I. del causante.
✅ Actas de nacimiento de los presuntos herederos, o documento público de reconocimiento/declaración judicial (para hijos extramatrimoniales o adoptivos).
✅ Acta de matrimonio civil del causante, si fuera el caso.
✅ Certificado Negativo de testamento y Certificado Negativo de sucesión intestada del causante (expedidos por Registros Públicos).
✅ Relación simple de los bienes conocidos.
❌ NO presentar fotocopias simples borrosas; todos los documentos deben ser originales o copias certificadas legibles.
❌ NO omitir a ningún heredero forzoso en la solicitud inicial, ya que esto podría invalidar el proceso.
❌ NO entregar actas de nacimiento, matrimonio o defunción con enmendaduras, tachaduras o que estén en mal estado.
❌ NO acudir al trámite si los datos (nombres o apellidos) en los documentos de identidad no coinciden exactamente con las actas.
❌ NO iniciar el proceso sin haber verificado previamente la existencia de un testamento inscrito en Registros Públicos.

❌ No traiga el contrato ya firmado (todas las firmas se hacen ante el Notario).
❌ No traiga DNI vencidos o caducados (el trámite no se podrá realizar).
❌ No use efectivo para pagar montos altos (por ley debe ser bancarizado).
❌ No traiga solo fotocopias simples de los documentos (necesitamos los originales).

✅ Copia de su DNI del testador (quien emite el testamento)
✅ DNI originales y copias de dos (2) Testigos:
✅ Lista con los nombres completos de todos sus herederos (quienes recibirán la herencia).
✅ Lista detallada de todos sus bienes y propiedades y los documentos que prueben que son suyos (ej. Copia Literal de SUNARP, escrituras, títulos).
✅ Certificado médico psiquiátrico de lucidez mental del testador (obligatorio por ley si tiene 75 años o más).
(El testamento se realiza en sesión privada, directamente el Notario con el testador y los dos testigos)
❌ No traiga testigos menores de 25 años.
❌ No traiga testigos que sean sus familiares (anulará el testamento).
❌ No venga sin su Certificado Médico si tiene 75 años o más (el trámite será inválido).
❌ No firme nada antes de venir, la lectura y firma se hacen aquí ante el Notario.
❌ No use DNI vencidos o caducados (el sistema no nos permitirá hacer el trámite).

✅ Reserva de Nombre de SUNARP: El documento que confirma que el nombre de su empresa está separado y listo para usarse.
✅ DNI de todos los socios: Originales y vigentes de todas las personas que serán dueñas del negocio (y de sus esposos/as, si están casados por civil).
✅ Objeto Social: Una lista detallada y clara de todas las actividades comerciales a las que se va a dedicar su empresa.
✅ Datos de los Gerentes: Nombres completos y DNI de quién será el Gerente General y los demás gerentes.
✅ Capital Social: ¿Con qué empieza el negocio?
❌ No traiga DNI vencidos o caducados; todos los documentos de identidad deben estar vigentes.
❌ No se olvide de la reserva de nombre de SUNARP; sin ella no podemos iniciar el trámite.
❌ No traiga el capital social en efectivo si supera los límites de ley; debe estar depositado en el banco.
❌ No traiga el inventario de bienes sin la firma de un Contador Público.
❌ No se olvide del DNI de su esposo o esposa si usted es casado civilmente.

✅ Acta de Matrimonio Civil original: Asegúrate de que haya sido expedida hace menos de tres meses.
✅ Documentos de identidad: Copias de los DNI vigentes de ambos solicitantes.
✅ Actas de nacimiento de los hijos: Solo si tienen hijos en común.
✅ Acta de Conciliación Extrajudicial: Solo si tienen hijos menores de edad. Este documento debe detallar los acuerdos sobre Tenencia, Pensión de Alimentos y Régimen de Visitas.
✅ Escritura Pública de Disolución y Liquidación de Sociedad de Gananciales: Solo si existen bienes muebles (como vehículos) o inmuebles (casas o terrenos) que hayan adquirido durante el matrimonio.
❌ No traer solo copias del acta de matrimonio: Es indispensable presentar el documento en original.
❌ No presentar actas desactualizadas: El Acta de Matrimonio no debe tener más de tres meses de haber sido expedida.
❌ No acudir sin el acta de conciliación si hay hijos menores: Si existen hijos menores de edad, no se puede realizar el trámite sin haber pasado primero por un Centro de Conciliación para fijar pensión, tenencia y visitas.
❌ No omitir la liquidación de bienes: Si durante el matrimonio se adquirieron propiedades o vehículos, no se puede proceder sin la Escritura Pública de Disolución y Liquidación de Sociedad de Gananciales.
❌ No presentar documentos de identidad vencidos: Ambos recurrentes deben contar con sus documentos de identidad vigentes y en copia.
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